NO A LA LSP
Desde el nuestro Estudio, nos adherimos al más absoluto rechazo al Borrador de la Ley de Servicios Profesionales.
Dicho borrador pretende, entre otras cosas, que cualquier Ingeniero con conocimientos en construcción, pueda redactar, firmar y dirigir obras de edificación.
Estos son nuestros argumentos:
1.- LA LSP NO FOMENTA COMPETITIVIDAD NI REDUCE COSTES EN EL PROCESO EDIFICATORIO:
- Porque hay más de 60.000 Arquitectos en activo, y muchos de ellos (aproximadamente un 60% ) absolutamente parados. La competencia es feroz. La oferta de servicios ya está saturada.
- Porque los honorarios profesionales ya están liberalizados desde 1997, con lo que el mercado ha tenido 16 años para regularse, con una oferta de servicios suficientemente amplia antes, y excesiva en la actualidad.
- Porque el coste de los honorarios de un Arquitecto como máximo responsable de un edificio es de un 2% aproximadamente, lo que hace que la incidencia de la medida sea en todo caso ridícula.
- Porque impone un nuevo coste más en el Proceso, y es el Seguro Obligatorio para el Arquitecto o Ingeniero que firme.
2.- LA LSP ES CONTRARIA A LAS EXIGENCIAS Y NORMAS EUROPEAS Y ESPAÑOLAS:
- La iniciativa de reforma supondría el incumplimiento de la Directiva 2005/36/CE, relativa al reconocimiento de cualificaciones profesionales, donde se define como necesaria “la adquisición de conocimientos técnicos y de historia de la arquitectura, artes, ciencias humanas y conocimientos de las bellas artes (art. 46)”
- La propuesta de reforma no es viable en el orden legal del sistema universitario español de títulos oficiales que establece una correlación entre atribuciones profesionales y planes de estudio (RD 1393/2007).
- Se pretende una Modificación de la LOE (Ley 38/1999) sin que exista demanda de la sociedad, una ley que se tardó en consensuar18 años, y firmada por todos los agentes participantes, introduciendo una quiebra en el sistema de garantías actual en cuanto a calidad, seguridad y responsabilidad en la edificación.
3.- LA LSP SUPONE UNA MERMA DE LAS GARANTÍAS A LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS, Y UN DETERIORO DE LA IMAGEN Y MARCA ESPAÑA.
- Arquitectura no es solo Construcción: No es suficiente con tener conocimientos específicos de construcción, o de instalaciones, o de estructuras, etc de forma separada para ser capaz de proyectar y dirigir un edificio. La Arquitectura debe construirse, por supuesto, pero no es solo construcción, o una estructura estable, o una instalación eléctrica segura, etc.
- Para poder ser capaz de proyectar, dirigir la obra de construcción de un edificio de forma adecuada ha de contarse con conocimientos específicos y suficientes, que sólo se adquieren una vez obtenido el Título de Arquitecto. Este título es el que garantiza la capacidad de la persona que firma el Proyecto y la Dirección de Obra. Pueden existir profesionales complementarios, que pueden ser muy valiosos según los casos, pero que no cuentan con todos los conocimientos necesarios para proyectar y dirigir el conjunto como tal.
- La Arquitectura Española, y los Arquitectos españoles están reconocidos internacionalmente por su calidad. Reducir las exigencias formativas de los profesionales que son responsables de la Arquitectura de un país reduce la calidad de la Arquitectura producida en el mismo.
- La reducción de la cualificación exigida de los Arquitectos en España no reporta ningún beneficio a la Sociedad Española, y desprestigia a la misma en foros profesionales y económicos europeos.
Adjuntasmos s el enlace para la adhesión a la Declaración por la Arquitectura Española del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España, en defensa de nuestros intereses profesionales ante el borrador de la Ley de Servicios Profesionales.
Se puede acceder tanto desde el COAM como desde el CSCAE
Si lo considerais, firmadlo.